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El consentimiento informado en el ámbito sanitario. Responsabilidad civil y derechos constitucionales

  • Año de edición 2021
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La relación médico-paciente se ha visto modificada y actualizada por el surgimiento de los derechos de los pacientes. En este sentido, el modelo paternalista clásico sufrió una profunda revisión y, en la actualidad, nos encontramos ante la etapa de decisiones compartida, en la que se han incorporado distintos derechos al estatuto de los pacientes. En este marco, el consentimiento informado aparece como una de sus manifestaciones más relevantes, pues se concreta en el reconocimiento del derecho de todo paciente a decidir en el ámbito de su salud. El mismo, se encuentra formado por dos facultades que, no obstante, están íntimamente ligadas. De un lado, la información se centra en la posibilidad de recibir todos aquellos datos que sean relevantes para la intervención que se vaya a llevar a cabo. De otro lado, el consentimiento supone el ejercicio del derecho de autodeterminación, ya que se identifica con el derecho a decidir, una vez ha recibido la correspondiente información, sobre las opciones clínicas posibles. Además, el Tribunal Constitucional tuvo ocasión de destacar en el año 2011 que el consentimiento informado se encuentra ligado al derecho fundamental a la integridad física y moral (art. 15 CE). De esta suerte, una conculcación del primero puede conllevar, a su vez, la del segundo. Por todo lo anterior, el presente trabajo plantea la necesidad de que la responsabilidad civil derivada de la vulneración del consentimiento informado sea repensada. A este respecto, resulta fundamental que se diferencie entre dos clases de lex artis, a saber, la lex artis tradicional y la nova lex artis vinculada al consentimiento informado.

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La relación médico-paciente se ha visto modificada y actualizada por el surgimiento de los derechos de los pacientes. En este sentido, el modelo paternalista clásico sufrió una profunda revisión y, en la actualidad, nos encontramos ante la etapa de decisiones compartida, en la que se han incorporado distintos derechos al estatuto de los pacientes. En este marco, el consentimiento informado aparece como una de sus manifestaciones más relevantes, pues se concreta en el reconocimiento del derecho de todo paciente a decidir en el ámbito de su salud. El mismo, se encuentra formado por dos facultades que, no obstante, están íntimamente ligadas. De un lado, la información se centra en la posibilidad de recibir todos aquellos datos que sean relevantes para la intervención que se vaya a llevar a cabo. De otro lado, el consentimiento supone el ejercicio del derecho de autodeterminación, ya que se identifica con el derecho a decidir, una vez ha recibido la correspondiente información, sobre las opciones clínicas posibles. Además, el Tribunal Constitucional tuvo ocasión de destacar en el año 2011 que el consentimiento informado se encuentra ligado al derecho fundamental a la integridad física y moral (art. 15 CE). De esta suerte, una conculcación del primero puede conllevar, a su vez, la del segundo. Por todo lo anterior, el presente trabajo plantea la necesidad de que la responsabilidad civil derivada de la vulneración del consentimiento informado sea repensada. A este respecto, resulta fundamental que se diferencie entre dos clases de lex artis, a saber, la lex artis tradicional y la nova lex artis vinculada al consentimiento informado.
  • Formato
    Impreso
  • Estado
    Nuevo
  • Isbn
    978-84-1377-202-8
  • Peso
    0.95 kg.
  • Tamaño
    17 x 24 cm.
  • Número de páginas
    610
  • Año de edición
    2021
  • Edición
    1
  • Encuadernación
    Rústica
  • Referencia
    DYK11138
  • Colección
  • Código de barras
    9788413772028