Este Tomo II del -Tratado de Ciencia Constitucional- de Cerbeleón Pinzón, fue editado en 1839. En él, el autor expresa que una constitución no puede entrar en pormenores, sino poner las primeras bases, las bases más esenciales, y dejar a la administración la reglamentación. El texto se refiere a los poderes legislativo y ejecutivo.