search
Subtotal USD $ 0,00
Total USD $ 0,00
  • Impreso
Delitos contra el Derecho...

Delitos contra el Derecho Internacional Humanitario

  • Año de edición 2023
USD $ 54,51

La historia demuestra que la barbarie cometida por el hombre en agravio de la humanidad no es un acto de reciente ejecución y que a ella los Estados le han dado diferentes respuestas con el devenir del tiempo, como la concesión de amnistías en favor de los responsables de los crímenes y la imposición del olvido, la instauración de juicios de carácter nacional poco eficaces, el juzgamiento de los perdedores de la guerra por aquellos que la ganaron, la edificación de foros ad hoc por parte del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, la autoproclamación de una jurisdicción sin límites que facilita enjuiciar a los tiranos, la confección de mecanismos de justicia restaurativa como las comisiones de la verdad y la reconciliación y, finalmente, la construcción de una Corte Penal Internacional de carácter permanente y global que aún no termina por convencer del todo a la comunidad de Estados en su conjunto. Este caminar por intentar sancionar y prevenir los crímenes internacionales, ha sido largo y no ha rendido los mejores frutos. Sin embargo, después de los atentados terroristas del 11 de septiembre de 2001 parece que la sociedad internacional, en particular, y la humanidad, en general, han venido exigiendo con mayor ahínco medidas eficaces de justiciabilidad para aquellos actos de barbarie. En torno al combate a los crímenes de derecho internacional, en especial el crimen de lesa humanidad, la comunidad internacional actualmente parece encontrarse ante dos modelos para afrontarlos. Por un lado, se hallan los esfuerzos estatales aislados, entre los que destacan el empleo de la llamada jurisdicción universal y, por otro, se erige la opción de generar esfuerzos coordinados bajo la creación de un novedoso, pero no maduro, sistema jurídico penal de carácter internacional que pugna por la armonización global de normas nacionales con reglas internacionales, a fin de justiciar los crímenes que irrumpen los valores inherentes a la comunidad de Estados

Últimas unidades en stock
La historia demuestra que la barbarie cometida por el hombre en agravio de la humanidad no es un acto de reciente ejecución y que a ella los Estados le han dado diferentes respuestas con el devenir del tiempo, como la concesión de amnistías en favor de los responsables de los crímenes y la imposición del olvido, la instauración de juicios de carácter nacional poco eficaces, el juzgamiento de los perdedores de la guerra por aquellos que la ganaron, la edificación de foros ad hoc por parte del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, la autoproclamación de una jurisdicción sin límites que facilita enjuiciar a los tiranos, la confección de mecanismos de justicia restaurativa como las comisiones de la verdad y la reconciliación y, finalmente, la construcción de una Corte Penal Internacional de carácter permanente y global que aún no termina por convencer del todo a la comunidad de Estados en su conjunto. Este caminar por intentar sancionar y prevenir los crímenes internacionales, ha sido largo y no ha rendido los mejores frutos. Sin embargo, después de los atentados terroristas del 11 de septiembre de 2001 parece que la sociedad internacional, en particular, y la humanidad, en general, han venido exigiendo con mayor ahínco medidas eficaces de justiciabilidad para aquellos actos de barbarie. En torno al combate a los crímenes de derecho internacional, en especial el crimen de lesa humanidad, la comunidad internacional actualmente parece encontrarse ante dos modelos para afrontarlos. Por un lado, se hallan los esfuerzos estatales aislados, entre los que destacan el empleo de la llamada jurisdicción universal y, por otro, se erige la opción de generar esfuerzos coordinados bajo la creación de un novedoso, pero no maduro, sistema jurídico penal de carácter internacional que pugna por la armonización global de normas nacionales con reglas internacionales, a fin de justiciar los crímenes que irrumpen los valores inherentes a la comunidad de Estados
  • Formato
    Impreso
  • Estado
    Nuevo
  • Isbn
    978-84-19580-52-8
  • Peso
    0.53 kg.
  • Tamaño
    17 x 24 cm.
  • Número de páginas
    270
  • Año de edición
    2023
  • Edición
    1
  • Encuadernación
    Rústica
  • Referencia
    BOS10283
  • Colección
  • Código de barras
    9788419580528

Gianni Egidio Piva Torres

Autor

Gianni Egidio Piva Torres. Abogado. Estudió en la Universidad Santa María, (Caracas Distrito Federal) y la Universidad Bicentenaria de Aragua (Maracay Estado Aragua), Venezuela. Año1994/1999. Promoción Magistrado, Dr. Leoncio Landaez. Especialista derecho Civil, Procesal Civil. Especialista Derecho Penal y Procesal Penal. Especialista en materia de Drogas. Interventor del Colegio de Abogado del Estado Carabobo. Miembro del comité científico del Anuario de Derecho Público y Privado, Fundación Ibáñez. Bogotá, Colombia. Miembro del comité científico de la editorial Ulpiano, Estado Plurinacional de Bolivia. Columnista del periódico, Argumento Voces Jurídicas, Bogotá, Colombia y de Faceta Jurídica, Bogotá, Colombia. Profesor de Procesal Civil y Penal, Universidad José Antonio Páez y Carabobo, Valencia Estado Carabobo, Venezuela. Abogado adjunto al Escritorio Granadillo Malave. Socio fundador, Escritorio Triana Ruiz. Condecoración por el Colegio de Abogados, Estado de Carabobo, Cristóbal Mendoza, honor a los aportes académicos. Conferencistas en Colombia, Bolivia, Ecuador, México. (Conferencista del Colegio de Abogados de Arequipa, Perú). Ha publicado decenas de monografías en diferentes países como Venezuela, Colombia, Ecuador, Chile y España.