Apoyado en las teorías de la acción colectiva y la fenomenología, el autor sostiene que los colectivos jurídicos de todo tipo ordenan quién debe hacer qué, dónde y cuándo. Pero, en ese proceso, los colectivos jurídicos también sientan sus límites y evocan el ámbito que siempre tiene que estar afuera: la a-juridicidad. Así, al igual que los derechos estatales, los órdenes globales tienen límites susceptibles de ser fracturados y revelados como fallas por el comportamiento a-jurídico. -Cómo debe responder un colectivo jurídico a esas exigencias que van más allá de su propio lenguaje binario? El autor propone una política de la a-juridicidad como alternativa.
Abogado egresado de la Pontificia Universidad Javeriana, de Bogotá, y doctor en Filosofía de la Universidad de Lovaina, Bélgica. Actualmente es profesor ordinario de Filosofía del Derecho de la Facultad de Derecho de Tilburg University, Países Bajos. Es autor de los libros Fault Lines of Globalization: Legal Order and the Politics of A-Legality (Oxford University Press, 2013) y Authority and the Globalisation of Inclusion and Exclusion (Cambridge University Press, 2018). Ha publicado también numerosos artículos sobre filosofía del derecho y filosofía política en diversas revistas internacionales.
CONTENIDO
PRÓLOGO
INTRODUCCIÓN
Parte I
ORDEN JURÍDICO
1. Juridicidad, antijuridicidad, a-juridicidad: un análisis preliminar
2. Una topografía de ordenes jurídicos en un escenario global