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François Gény y el derecho. La lucha contra el método exegético

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El pensamiento, obra y trascendencia de François Gény constituye un tema fundamental para la filosofía del derecho. La autora ha elaborado una prolija investigación sobre la obra del maestro Gény, llenando así un protuberante vacío en los estudios jurídicos iberoamericanos, en torno a una influyente figura del derecho francés.Las ideas del profesor Gény contribuyeron a la notable transformación de nuestro derecho, en especial el derecho civil, realizada por la Corte Suprema de la mitad de la década de los años treinta del siglo pasado, llamada por ello con justicia la nueva Corte. Superando el método exegético aceptado como excluyente prácticamente hasta esa fecha, la Corte extrajo de normas aisladas de derecho positivo, mediante novedosas interpretaciones, reglas generales en temas de tanta trascendencia como el enriquecimiento ilícito, el daño, la responsabilidad extra-contractual, para citar algunos. Es decir, la actualización dinámica del derecho a la luz de hechos y necesidades que no pudieron ser previstos por el legislador en el momento de expedir las normas, en una tarea hermenéutica que no desconoce el derecho positivo, sino lo adapta a esas situaciones inéditas.La autora ha elaborado una prolija investigación sobre la obra del maestro Gény, llenando así un protuberante vacío en los estudios jurídicos iberoamericanos, en torno a una influyente figura del derecho francés.Las ideas del profesor Gény contribuyeron a la notable transformación de nuestro derecho, en especial el derecho civil, realizada por la Corte Suprema de la mitad de la década de los años treinta del siglo pasado, llamada por ello con justicia la nueva Corte. Superando el método exegético aceptado como excluyente prácticamente hasta esa fecha, la Corte extrajo de normas aisladas de derecho positivo, mediante novedosas interpretaciones, reglas generales en temas de tanta trascendencia como el enriquecimiento ilícito, el daño, la responsabilidad extra-contractual, para citar algunos. Es decir, la actualización dinámica del derecho a la luz de hechos y necesidades que no pudieron ser previstos por el legislador en el momento de expedir las normas, en una tarea hermenéutica que no desconoce el derecho positivo, sino lo adapta a esas situaciones inéditas.Las ideas del profesor Gény contribuyeron a la notable transformación de nuestro derecho, en especial el derecho civil, realizada por la Corte Suprema de la mitad de la década de los años treinta del siglo pasado, llamada por ello con justicia la nueva Corte. Superando el método exegético aceptado como excluyente prácticamente hasta esa fecha, la Corte extrajo de normas aisladas de derecho positivo, mediante novedosas interpretaciones, reglas generales en temas de tanta trascendencia como el enriquecimiento ilícito, el daño, la responsabilidad extra-contractual, para citar algunos. Es decir, la actualización dinámica del derecho a la luz de hechos y necesidades que no pudieron ser previstos por el legislador en el momento de expedir las normas, en una tarea hermenéutica que no desconoce el derecho positivo, sino lo adapta a esas situaciones inéditas.TODO SOBRE EBOOK


El pensamiento, obra y trascendencia de François Gény constituye un tema fundamental para la filosofía del derecho. La autora ha elaborado una prolija investigación sobre la obra del maestro Gény, llenando así un protuberante vacío en los estudios jurídicos iberoamericanos, en torno a una influyente figura del derecho francés.Las ideas del profesor Gény contribuyeron a la notable transformación de nuestro derecho, en especial el derecho civil, realizada por la Corte Suprema de la mitad de la década de los años treinta del siglo pasado, llamada por ello con justicia la nueva Corte. Superando el método exegético aceptado como excluyente prácticamente hasta esa fecha, la Corte extrajo de normas aisladas de derecho positivo, mediante novedosas interpretaciones, reglas generales en temas de tanta trascendencia como el enriquecimiento ilícito, el daño, la responsabilidad extra-contractual, para citar algunos. Es decir, la actualización dinámica del derecho a la luz de hechos y necesidades que no pudieron ser previstos por el legislador en el momento de expedir las normas, en una tarea hermenéutica que no desconoce el derecho positivo, sino lo adapta a esas situaciones inéditas.La autora ha elaborado una prolija investigación sobre la obra del maestro Gény, llenando así un protuberante vacío en los estudios jurídicos iberoamericanos, en torno a una influyente figura del derecho francés.Las ideas del profesor Gény contribuyeron a la notable transformación de nuestro derecho, en especial el derecho civil, realizada por la Corte Suprema de la mitad de la década de los años treinta del siglo pasado, llamada por ello con justicia la nueva Corte. Superando el método exegético aceptado como excluyente prácticamente hasta esa fecha, la Corte extrajo de normas aisladas de derecho positivo, mediante novedosas interpretaciones, reglas generales en temas de tanta trascendencia como el enriquecimiento ilícito, el daño, la responsabilidad extra-contractual, para citar algunos. Es decir, la actualización dinámica del derecho a la luz de hechos y necesidades que no pudieron ser previstos por el legislador en el momento de expedir las normas, en una tarea hermenéutica que no desconoce el derecho positivo, sino lo adapta a esas situaciones inéditas.Las ideas del profesor Gény contribuyeron a la notable transformación de nuestro derecho, en especial el derecho civil, realizada por la Corte Suprema de la mitad de la década de los años treinta del siglo pasado, llamada por ello con justicia la nueva Corte. Superando el método exegético aceptado como excluyente prácticamente hasta esa fecha, la Corte extrajo de normas aisladas de derecho positivo, mediante novedosas interpretaciones, reglas generales en temas de tanta trascendencia como el enriquecimiento ilícito, el daño, la responsabilidad extra-contractual, para citar algunos. Es decir, la actualización dinámica del derecho a la luz de hechos y necesidades que no pudieron ser previstos por el legislador en el momento de expedir las normas, en una tarea hermenéutica que no desconoce el derecho positivo, sino lo adapta a esas situaciones inéditas.TODO SOBRE EBOOK

María José Bernuz Beneitez

Autor

Es profesora titular de Filosofía del Derecho de la Universidad de Zaragoza.
Ha publicado diversos libros y artículos en revistas españolas y europeas. Ha dirigido el Diploma de Especialización sobre "Justicia restaurativa y gestión de la convivencia" en la Universidad de Zaragoza. Sus líneas de investigación son: justicia de menores y delincuencia juvenil, políticas de seguridad y derechos humanos y justicia restaurativa.