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Deducción inmediata de...

Deducción inmediata de inversiones 2016

  • Año de edición 2016
COP $ 27.900

Las fracciones II, III y IV del artículo tercero de las disposiciones de vigencia temporal de la Ley del ISR para 2016 prevén que, entre otros contribuyentes, las personas morales del régimen general y las personas físicas del régimen de las actividades empresariales y profesionales, que hayan obtenido ingresos propios de su actividad empresarial en el ejercicio inmediato anterior (2015) de hasta $100'000,000.00, pudieron efectuar en el periodo comprendido de septiembre a diciembre de 2015, o bien, podrán efectuar en los ejercicios de 2016 y 2017, la deducción inmediata de la inversión de bienes nuevos de activo fijo en lugar de deducir dicha inversión en varios ejercicios vía depreciación, aplicando los porcentajes máximos de deducción anual, previstos en la citada Ley. Los contribuyentes en cita que en el ejercicio de 2016 adquieran y deduzcan en forma inmediata la referida inversión, podrán aplicar un porcentaje mayor de deducción que el que se aplicará en el ejercicio de 2017 por las inversiones que adquieran y deduzcan en este último ejercicio; es decir, las mencionadas disposiciones de vigencia temporal contemplan mayores porcentajes de deducción para las inversiones que se adquieran y deduzcan en el ejercicio de 2016, en relación con las que se adquieran y deduzcan en el ejercicio de 2017. La aplicación de la referida deducción se empleará en la determinación del ISR de los ejercicios de 2015 a 2017


Las fracciones II, III y IV del artículo tercero de las disposiciones de vigencia temporal de la Ley del ISR para 2016 prevén que, entre otros contribuyentes, las personas morales del régimen general y las personas físicas del régimen de las actividades empresariales y profesionales, que hayan obtenido ingresos propios de su actividad empresarial en el ejercicio inmediato anterior (2015) de hasta $100'000,000.00, pudieron efectuar en el periodo comprendido de septiembre a diciembre de 2015, o bien, podrán efectuar en los ejercicios de 2016 y 2017, la deducción inmediata de la inversión de bienes nuevos de activo fijo en lugar de deducir dicha inversión en varios ejercicios vía depreciación, aplicando los porcentajes máximos de deducción anual, previstos en la citada Ley. Los contribuyentes en cita que en el ejercicio de 2016 adquieran y deduzcan en forma inmediata la referida inversión, podrán aplicar un porcentaje mayor de deducción que el que se aplicará en el ejercicio de 2017 por las inversiones que adquieran y deduzcan en este último ejercicio; es decir, las mencionadas disposiciones de vigencia temporal contemplan mayores porcentajes de deducción para las inversiones que se adquieran y deduzcan en el ejercicio de 2016, en relación con las que se adquieran y deduzcan en el ejercicio de 2017. La aplicación de la referida deducción se empleará en la determinación del ISR de los ejercicios de 2015 a 2017
  • Formato
    Ebook
  • Estado
    Nuevo
  • Isbn
    9786074409482
  • Peso
    2.9 MB
  • Número de páginas
    63
  • Año de edición
    2016
  • Idioma
    Español
  • Formato
    EPUB
  • Protección
    DRM
  • Referencia
    BKW56

Raymundo Fol Olguín

Autor

José Pérez Chávez Contador Público, egresado de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Socio fundador de Tax Asesores, SC, ha asesorado empresas durante 38 años. Coautor de más de 70 obras fiscales y laborales editadas por Tax Editores Unidos, SA de CV. Expresidente de la Comisión Fiscal de EuraAudit International (México). Colaborador y miembro del Consejo Editorial de la revista Práctica Fiscal, Laboral y Legal-Empresarial. Expositor de temas fiscales en distintos foros. Raymundo Fol Olguín Contador Público, egresado de la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN). Asesor fiscal de diversas empresas en el sector privado. Colaborador y miembro del Consejo Editorial de la revista Práctica Fiscal, Laboral y Legal-Empresarial. Coautor de diversas obras en materia fiscal, laboral y de seguridad social editadas por Tax Editores Unidos, SA de CV.

José Pérez Chávez

Autor

José Pérez Chávez Contador Público, egresado de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Socio fundador de Tax Asesores, SC, ha asesorado empresas durante 38 años. Coautor de más de 70 obras fiscales y laborales editadas por Tax Editores Unidos, SA de CV. Expresidente de la Comisión Fiscal de EuraAudit International (México). Colaborador y miembro del Consejo Editorial de la revista Práctica Fiscal, Laboral y Legal-Empresarial. Expositor de temas fiscales en distintos foros. Raymundo Fol Olguín Contador Público, egresado de la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN). Asesor fiscal de diversas empresas en el sector privado. Colaborador y miembro del Consejo Editorial de la revista Práctica Fiscal, Laboral y Legal-Empresarial. Coautor de diversas obras en materia fiscal, laboral y de seguridad social editadas por Tax Editores Unidos, SA de CV.